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lunes, 27 de septiembre de 2010

Las Visas en Panamá según la Actual Ley Migratoria de Panamá

www.abogadosconsultorespanama.com

El Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008 que regula el régimen migratorio panameño, con respecto a las entradas y salidas de los nacionales y de los extranjeros de la República de Panamá, menciona los requisitos para adquirir la nacionalidad panameña por naturalización.

Las Visas que se dan o se permiten en Panamá actualmente son las siguientes:

A- Visas de No Residente
Se le dan al extranjero que esta de paso o solo viene de visita sin deseos de establecer a Panamá como un lugar para establecerse permanentemente. Esta visa aplica a Turistas, Pasajeros en tránsito, marinos y a personas que visiten el país por corto tiempo.

B- Visas de Residente Temporal
Son para el ciudadano extranjero o a sus dependientes que quieran ingresar a Panamá por razones laborales, culturales, educativas, religiosas, humanitarias y de reagrupación familiar por un período de hasta seis (6) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos.

C- Visas de Residente Permanente
Es para el extranjero o a sus dependientes que quieran permanecer en Panamá, luego de transcurrido el período de dos (2) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos.

D- Visa de Personal de Sede de Empresa Multinacional

Para mas información consultar a: info@abogadosconsultorespanama.com